El sector audiovisual

En 2024 se cumplirá una década desde la irrupción de OnzaTV en el audiovisual español. Una entrada por la puerta grande, de las que pasan a la historia, gracias al proyecto más carismático de la televisión en España de los últimas décadas: el Ministerio del Tiempo. A eso se le llama ponerse alto el listón. Sin embargo, es esa precisamente la seña de identidad del proyecto fundado por José María Irisarri. Crear contenidos con calidad, emoción y la suficiente verdad como para llegar al corazón es el reto que se marca cada día el equipo capitaneado por este Doctor en Comunicación Audiovisual y licenciado en Derecho que atesora una enorme experiencia en gestión de empresas de su sector con vocación internacional; como las aventuras ‘ministéricas’ que recorrieron el mundo entero.

Irisarri es una institución que atesora entre sus hitos ser uno de los fundadores de la icónica Globomedia. Dicen quienes le han tratado que es uno de los mejores estrategas del audiovisual español y que atesora un temple proverbial ante los desafíos y las negociaciones complicadas.

Su amplia trayectoria nos habla de una institución que le ha llevado por toda la cadena de valor de la industria haciendo de él un líder fiable y un gran gestor de equipos que, además, no duda en poner toda esa experiencia al servicio de empresas e inversores que buscan un futuro en el sector media y digital.

 

La situación del sector audiovisual en España después de la nueva ley audiovisual que se adapta a la Directiva Europea ha cambiado significativamente. La nueva ley, que fue aprobada en noviembre de 2020 y entró en vigor en mayo de 2021, tiene como objetivo modernizar el marco regulatorio del sector y adaptarlo a los cambios tecnológicos y de consumo que han surgido en los últimos años.

Una de las principales novedades de la nueva ley es la regulación de las plataformas de servicios de comunicación audiovisual a la carta, como Netflix o HBO, que ahora están sujetas a las mismas obligaciones y responsabilidades que las empresas de radiodifusión tradicionales. Esto incluye la promoción de obras europeas y españolas, así como la protección de los menores y la lucha contra el discurso de odio.

Otro aspecto importante de la nueva ley es la regulación de la publicidad en televisión y en línea, con el objetivo de proteger a los consumidores y garantizar la competencia justa entre los operadores. Además, se ha establecido un nuevo régimen de sanciones más severas para aquellos que incumplen las normas.

En términos generales, la nueva ley ha sido bien recibida por la industria audiovisual en España, que ha visto en ella una oportunidad para mejorar la competitividad del sector y garantizar una mayor protección a los consumidores. Sin embargo, aún hay algunos aspectos que deben ser aclarados y desarrollados en la práctica, y se espera que se produzcan cambios adicionales a medida que se va implementando la nueva ley.

Dentro de este marco regulatorio, el sector audiovisual se va adaptando y transformando de manera permanente con la consolidación de grandes grupos de producción como los inversores franceses Vivendi, Banijai, Newen, Mediawan y Fed Entertaiment , los chinos Orient Ontai, y otros que se han ido haciendo con gran parte del mercado. Si a esto le añadimos las productoras participadas por los operadores de televisión y plataformas, Buendia Estudios y Mediterráneo, se intuyen las dificultades para los independientes de cara a poder competir y pelear por la propiedad intelectual de lo que se produce tanto para los operadores como para las plataformas OTT, que también son colosos empresariales que imponen sus modelos y defienden su propiedad intelectual (IP) cumpliendo con la obligación de producir obras europeas y españolas.

Es por todo ello muy relevante la redacción última en la adaptación de la Ley Audiovisual a la directiva europea, de ahí que los inversores, productores, operadores y plataformas estén muy encima del “ajuste fino” de la ley en su implementación cuyo texto se está cerrando y que marcará el futuro de la industria audiovisual y del productor independiente cuya definición es clave de cara a su futuro.

Es independiente, en mi opinión, el productor que no está vinculado accionarialmente con un prestador de servicios de comunicación audiovisual (grandes cadenas de televisión, plataformas VOD y empresas de telecomunicaciones), alcanzar una definición precisa permitirá beneficiarse de las ayudas europeas y dar sentido al independiente como productor y no como un prestador de servicios

Otro de los temas que se plantean en la nueva Ley Audiovisual es la retención de derechos de Propiedad Intelectual de la obra audiovisual por parte de los productores independientes que facilitará la solidez de una industria española con activos de propiedad intelectual y que nos hará más competitivos frente a países europeos cuya legislación protege mucho en este aspecto.

Todo lo anterior se da en el contexto de que la obra audiovisual española viaja bien por el mundo y no para de cosechar éxitos de audiencia donde la calidad de los contenidos producidos a precios muy competitivos invita a que producciones internacionales quieran venir a España a producir, no sólo por los incentivos fiscales que están ofreciendo diferentes regiones (Canarias, Vizcaya, Navarra, etc.) sino por las grandes capacidades humanas y técnicas disponibles.

Debemos sentirnos muy orgullosos de la magnífica respuesta profesional, del gran nivel y competencia, en guion, casting, arte, estilismo, dirección, producción, fotografía, técnicos, eléctricos, efectos especiales, vestuario y un sinfín de profesionales que forman parte de esta industria.

Relevante es también diferenciar contenidos originales y exclusivos en las producciones ya que determina las opciones en los modelos de negocio para una productora. Producir un original supone el 100 % de la IP para la plataforma o cadena de televisión. Por el contrario, en los contenidos exclusivos se pueden estructurar coproducciones mediante vehículos financieros específicos para canalizar la inversión privada, asociación de interés económico (AIE) o contrato de préstamo (Artículo 39,7 Ley Impuestos de Sociedades) además del tax rebate (Artículo 36,2 de la LIS) en los que los partícipes adquieren derechos de explotación proporcionales a su inversión sobre el total de la producción en diferentes territorios. Además, participan inversores financieros atraídos por el incentivo fiscal de los vehículos que, con las modificaciones aprobadas recientemente, resultan muy atractivos y facilita cubrir el gap de financiación para la producción de la obra audiovisual.

De esta manera el productor consolida un porcentaje de la propiedad intelectual (IP) y está incentivado para abordar proyectos globales, amplios de público objetivo y que pueden funcionar en distintos territorios.

Por todo ello nos encontramos en un momento crucial y hemos de ser capaces de defender y construir una industria audiovisual fuerte en España.